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Declaran área protegida entre Chapala y Guadalajara

Polígono del Área Protegida tomada del Decreto

Se trata del Área Estatal de Protección Hidrológica Cerro Viejo-Chupinaya- Los Sabinos

Polígono del Área Protegida tomada del Decreto
Imagen del polígono del Área Protegida tomada del Decreto

Por Sergio Hernández

20 de mayo de 2013.- El Gobierno de Jalisco emitió el Decreto de Declaratoria de Área Estatal de Protección Hidrológica Cerro Viejo-Chupinaya- Los Sabinos, que abarca una superficie de 23 mil 176 hectáreas ubicada en los municipios de Chapala, Ixtlahuacán de los Membrillos, Jocotepec y Tlajomulco de Zúñiga.

Lo que se está protegiendo es la zona de cerro que abraza Chapala y Jocotepec, y que se ve del otro lado en Tlajomulco e Ixtlahuacán de los Membrillos.

El problema es que se decretó sin que exista dinero para su sostenimiento porque en Jalisco lás áreas protegidas de carácter estatal sólo existen en el papel, como es el caso del Parque Estatal Bosques Mesófilos del Nevado de Colima, y el Área de Protección Hidrológica Sierra del Águila, que no tienen ni director.

La titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, Magdalena Ruiz Mejía, aseguró que esta ANP sí tendrá dinero, pero no dijo cuando.

«Por supuesto va a haber el presupuesto suficiente para el Área Natural Protegida (ANP), después de que se vean los niveles de participación y todo lo demás», aseguró Ruiz Mejía en rueda de prensa.

Cerro Viejo- Chupinaya-Los Sabinos tiene como fin la preservación de ríos, manantiales y aguas subterráneas, a través de la protección de cuencas, áreas boscosas, llanuras y todas aquellas áreas que tengan impacto en las fuentes de producción y/o abastecimiento de agua.

“Se establece a efecto de contribuir a la conservación del ecosistema, la biodiversidad y el uso sustentable de los mismos, así como para mantener la provisión de servicios tales como la captación del agua, el mantenimiento de especies de flora y fauna silvestres, el esparcimiento y la promoción de actividades productivas sustentables”, señala el documento que aparece en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco del sábado 18 de mayo.

La propuesta de declaratoria incluía una zona agrícola del municipio de Jocotepec, que finalmente se excluyó debido a la negativa de las autoridades locales para que se considerara igual, como zona de producción agrícola, pero sustentable.

El decreto nace ya con un Programa de Aprovechamiento, que es el instrumento de planeación de las acciones de protección, manejo, restauración, conocimiento, cultura y gestión, asimismo se establecen actividades a desarrollar en el corto, mediano y largo plazo

La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, será la encargada de la administración y vigilancia del Área Natural Protegida, a través de sus áreas correspondientes, o de la coordinación que establezca con otras dependencias del Ejecutivo Estatal, Federal o Municipal.

Agrega el documento que la Semadet podrá celebrar un acuerdo de coordinación para transferir la administración y manejo del Área Estatal de Protección Hidrológica a una institución académica, organismo público, asociación civil u orden de gobierno que demuestre que cuenta con capacidad técnica, financiera y de gestión ambiental para instrumentar el programa de aprovechamiento, como se establece en las áreas protegidas de carácter federal.

En los próximos 90 días la Semadet deberá conformar y constituir un Consejo Asesor cuya función sea colaborar con la gestión ambiental del Área Natural Protegida, y se conformará por los siguientes integrantes:

I. Un Presidente, designado por el Gobernador del Estado;
II. Un Secretario Técnico, designado por la Semadet;
y
III. Dos representantes (titular y suplente) por cada una de las siguientes instituciones y
organizaciones:
a) Autoridades estatales relacionadas con la conservación y el aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales;
b) Autoridades municipales;
c) Ejidos con derechos ejidales en el polígono;
d) Pequeños propietarios con propiedad u otros derechos otorgados dentro de los polígonos
del Área Estatal de Protección Hidrológica;
e) Instituciones académicas o centros de investigación ubicados en la región, relacionados
con la conservación de ecosistemas, biodiversidad y áreas protegidas;
f) Organizaciones no gubernamentales con reconocida experiencia en las tareas de
conservación de ecosistemas, biodiversidad y áreas protegidas;
g) Organizaciones regionales de carácter social y privado vinculadas con la conservación y
manejo de recursos naturales; y
h) El Director Ejecutivo o encargado del Área Estatal de Protección Hidrológica

En el siguiente enlace puede descargarse el Decreto de creación del Área Natural Protegida y el Estudio Técnico Justificativo

Redacción Verdebandera

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