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Informes públicos desnudan la ilegalidad de Libramiento de Guadalajara

Zona del Libramiento de Guadalajara en territorio de Tlajomulco, donde se había acordado un gran paso de fauna que no quiere construir la SCT. Imagen: Sergio Hernández Márquez
La SCT y la Profepa han mantenido en construcción una carretera que no tiene autorización desde abril pasado, según documentos revelados por la Semarnat
Zona del Libramiento de Guadalajara en territorio de Tlajomulco, donde se había acordado un gran paso de fauna que no quiere construir la SCT. Imagen: Sergio Hernández Márquez
Zona del Libramiento de Guadalajara en territorio de Tlajomulco, donde se había acordado un gran paso de fauna que no quiere construir la SCT. Imagen: Sergio Hernández Márquez

Por Agustín del Castillo

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) no obtuvo de la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat), en abril pasado, la ampliación del plazo para construir el Libramiento de Guadalajara (llamado Macrolibramiento), por lo que cumplirá seis meses de ejecutar el proyecto carretero más grande del occidente de México sin permisos ambientales.

En este país, sin autorización de impacto ambiental vigente es legalmente imposible hacer proyectos carreteros, de acuerdo al artículo 28 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, pero en el caso de esta obra no tuvo efectos mayores.

Como fruto de una solicitud de transparencia, tras la negativa a proporcionar detalles en julio pasado por parte del Centro Jalisco de la SCT y de la delegación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa),, documentos entregados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) demuestran que la dependencia le había señalado al director regional de la SCT, Bernardo Gutiérrez Navarro, que no se podían continuar las obras.

Es decir, la autorización de impacto ambiental no recibió una ampliación del plazo de vigencia, que venció el 21 de abril de 2014, pues la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) se negó a dar trámite a los expedientes de supervisión sobre el cumplimiento de las condicionantes de impacto ambiental, cuya calificación positiva es indispensable para ampliar el plazo concedido para el proyecto.

La DGIRA aludió a dos juicios de amparo con suspensiones vigentes, como el obstáculo para hacerlo, y en consecuencia, no respondió a la solicitud “de la modificación del proyecto [ que en Semarnat se identifica con la clave 14JA2004V0008) denominado Libramiento Guadalajara».

El 17 de diciembre de 2004, la DGIRA autorizó el proyecto de forma condicionada. El plazo inicial fue de tres años. Los oficios SGPA/DGIRA/DG.0833/08, del 9 de abril de 2008, y SGPA/DGIRA/DG.2936.11, del 20 de abril de 2011, acreditan dos sucesivas ampliaciones, de tres años cada una.

Pero la SCT fracasó en obtener la tercera prórroga. La sustancia de la negativa está contenida en el oficio SGPA/DGIRA/DG/03216, del 7 de abril de 2014.

En ese documento, refiere a la existencia de dos suspensiones concedidas en el marco de los juicios de amparo 942/2012, a favor del ejido La Capilla, y 2676/2012, a favor del ejido de Los Cedros, ambos de Ixtlahuacán de los Membrillos; ambos resolutivos judiciales hicieron suspender, el 13 de agosto de 2013, el trámite de “modificaciones a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental” que había abierto el Centro Jalisco de la SCT desde diciembre anterior, en previsión del cumplimiento de la fecha en que vencía el plazo concedido en 2011.

Pero la SCT insistió. El 25 de marzo de 2014, “solicitó por segunda ocasión la autorización de la modificación del plazo por tres años del oficio resolutivo SGPA/DGIRA.DEI.3261.04 [la autorización original de impacto ambiental] para concluir los trabajos de preparación de sitio y construcción del protecto…”. De nuevo, la respuesta fue negativa.

“Toda vez que esta dirección general fue notificada de las medidas cautelares que, con fundamento en el artículo 233 de la Ley de Amparo fueron decretadas […] para efecto de que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan, es evidente que para esta dirección general existe una imposibilidad jurídica para pronunciarse respecto del trámite instado; actualizándose, por ello, la figura jurídica de la suspensión, prevista en el artículo 366 del Código Federal de Procedimientos Civiles […] hasta en tanto se resuelvan definitivamente los juicios de amparo”.

Y emite el siguiente acuerdo: “suspender el trámite denominado ‘modificaciones a proyectos autorizados en materia de impacto ambiental’ registrado con la clave número 09/DG-0128/03/14 y la presentación de los informes de supervisión ambiental y de verificación de cumplimiento de términos y condicionantes correspondientes al periodo de 01 de octubre de 2012 al 30 de septiembre de 2013’, instados por el Centro SCT Jalisco, lo anterior, hasta en tanto se resuelvan los incidentes de suspensión en los juicios de amparo de conocimiento”.

En ningún punto se establece que haya una autorización parcial, o que simplemente se deje sin tocar la zona de los dos núcleos agrarios en conflicto. Y el “principio de legalidad” que establece el artículo 16 de la Constitución Política de México impide a los entes públicos aplicar el “principio de libertad” que sí beneficia a los ciudadanos. Es decir: si no es expreso lo que a la SCT le está permitido, es que no está permitido (ver recuadro anexo).

El acuerdo fue notificado el director del Centro Jalisco de la SCT, tanto como la delegación de la Profepa. Sin embargo, ambas entidades actuaron como si fuera sólo una suspensión parcial, independientemente de la opacidad en que pretendieron mantener el tema.

[box type=»info» head=»Medias verdades»]Medias Verdades

El pasado 27 de septiembre, el director del Centro Jalisco de SCT encabezó una gira de trabajo para reforestar algunos predios cercanos al trazo de la obra, luego de las sanciones que hizo públicas la Profepa, dependencia que sólo hizo clausuras parciales en la semana previa. La obra continuaba en todos sus frentes, excepto en las áreas de los dos ejidos aludidos.

Bernardo Gutiérrez aseguraba ese día que la obra tenía un avance de 60 por ciento y una inversión de dos mil millones de pesos. Señalaba que se habían resuelto 30 amparos a través de la conciliación y sentencias favorables. Sin embargo, quedaban dos pendientes: “Ellos (los ejidos de Los Cedros y La Capilla) ya fueron de alguna manera liquidados, en su momento ya estaban pagados estos dos ejidos, sin embargo, ellos se inconformaron argumentando que fue muy bajo el pago que se hizo, y por eso presentaron esos amparos, pero estamos negociando con ellos”.

Desde el 14 de julio de 2014, funcionarios de la DGIRA de Semarnat reconocieron ante los miembros del Consejo Consultivo Núcleo Jalisco, que el Macrolibramiento carecía de permisos, por lo que no podían pronunciarse respecto a los daños que ocasionaban las obras: legalmente no existían (ver Milenio Jalisco del 15 de julio de 2014).

La Profepa Jalisco recibió solicitud de entrevista sobre el asunto, pero tras una promesa inicial, nunca fijó cita para atender al reportero. La tercera semana de septiembre, anunció solo clausuras parciales.

Hoy, las obras del Macrolibramiento permanecen en ejecución, sin permisos de ley.[/box]

Redacción Verdebandera