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Reconoce Conagua que no reclasificará el Río Santiago

Sergio Hernández Márquez – MURAL

Por que ya no hay tiempo y no se hicieron los estudios correspondientes, la Comisión Nacional del Agua (Conagua) no va a clasificar el Río Santiago como un cuerpo de agua donde se deba preservar la vida acuática, por lo que seguirá siendo contaminado bajo el amparo de la ley.

Erick Gutiérrez López, subgerente de Estudios de Calidad del Agua e Impacto Ambiental de la dependencia federal, quien despacha en la Ciudad de México, dijo que si bien hubo una promesa por parte del director de Conagua, José Luis Luege Tamargo, para que el Santiago fuera reclasificado en la Ley Federal de Derechos del 2009, esto será posible quizá en el 2010.

– ¿Qué pasó con la Ley Federal de Derechos? Para el siguiente año no se incluyó una nueva clasificación para el Río Santiago, se le preguntó a Gutiérrez López.

“Es un proceso que lleva tiempo, hay que generar la información básica que nos permita tener todos los elementos para poder modificar esa ley”, comentó.

“Tiene sus tiempos, desafortunadamente este año no se tuvo esa posibilidad, pero pensamos que el año que entra pudiera darse”.

– Hubo el compromiso de Luege Tamargo de que en enero del 2009 se tendría la clasificación, ¿no se tuvo la información a tiempo?

“Se necesitan datos y un procedimiento interinstitucional de tal manera que los tiempos nos rebasaron, pero estamos en el proceso ahorita de atender esa solicitud y como le digo, esperamos que en un tiempo corto, esa reclasificación sea una realidad”, respondió.

El funcionario federal estuvo presente en los trabajos del Encuentro de Organizaciones Ciudadanas por el Agua.

El Río Santiago es uno de los más contaminados del país. Su degradación ambiental afecta directamente a los habitantes de El Salto y Juanacatlán. Sobre el mismo se edificará la Presa de Arcediano.


La Ley Federal de Derechos es el instrumento legal en el que el Gobierno federal se ampara para cobrar más o menos por contaminar un cuerpo de agua, a los que clasifica en tipo A, B o C, siendo tipo C los que menos se pueden contaminar porque son sitios donde se busca preservar la vida acuática, como el Lago de Chapala.

El Río Santiago es tipo A en algunos tramos y B en otros por lo que la autoridad permite la contaminación del río de manera legal.

El 8 de septiembre la Secretaría de Hacienda envió a la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley Federal de Derechos 2009, donde no se incluye algún cambio para la situación del Santiago.

Para Erick Gutiérrez López, subgerente de Estudios de Calidad del Agua e Impacto Ambiental de Conagua, luego de la reclasificación del Río Santiago podrían pasar hasta 10 años para que vuelva a tener un entorno sustentable.

“Nosotros pensamos que podría llevarse hasta 10 años el recuperar a una calidad superior. Ahora, el Río Santiago también recibe agua de lluvia, no sólo agua residual entonces en un proceso natural podría ser un poco menor”, indicó.

“Pero la clasificación lo que va a permitir es en el origen, en las fuentes de contaminación, poder controlar los contaminantes de tal manera que si dejamos de verter esos contaminantes en la cantidad que lo estamos haciendo el proceso puede acelerarse, pero eso tiene un costo, no se le puede decir al usuario que mañana me cumples con esa calidad, tenemos que dar un plazo perentorio, presentar un programa de acciones para llegar a las calidades que se les van a exigir”.

Alguien miente

Para el representante regional de Conagua, Raúl Antonio Iglesias Benítez, la Secretaría de Hacienda es quien olvidó de incluir la reclasificación del Río Santiago en la iniciativa de modificaciones a la Ley Federal de Derechos.

Asegura que tanto la Comisión Estatal del Agua como las oficinas regionales de Conagua que él encabeza hicieron todos los estudios que se requerían para el caso, por lo que solicitarán a Hacienda, en una reunión a realizarse la próxima semana, que rectifique el error.

¿Por parte de Conagua terminaron el trámite, se le hizo a Hacienda la observación que se quería hacer esa modificación?, se le cuestionó.

“Sí, por supuesto y le tienes que explicar a Hacienda lo que significa la trascendencia que tiene cambiar la clasificación de tipo A a tipo C (…)”, dijo Iglesias Benítez.

Ley permisible:

  • La Ley Federal de Derechos permite cierta cantidad de contaminación en las descargas, según la clasificación de los cuerpos de agua.
  • Los parámetros que se miden son los Sólidos Suspendidos Totales (SST) y la Demanda Química de Oxígeno (DQO)
  • Los SST son las partículas gruesas de las aguas residuales
  • La DQO es la cantidad de oxígeno requerida para la descomposición de la materia orgánica e inorgánica
  • Entre más altos son los niveles de SST y DQO el agua es más contaminada
  • En los cuerpos de agua tipo A, como el Río Santiago, se permiten aguas residuales con una contaminación de 150 SST y 320 de DQO
  • En los cuerpos de agua tipo B, como el Río Lerma, se permite una contaminación de 150 SST y 320 de DQO
  • En cuerpos de agua tipo C, como Chapala, la tolerancia es de sólo 40 SST y 100 de DQO

Redacción Verdebandera